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Partidos deben presentar a autorizados para acreditar testigos electorales

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Desde este lunes 12 de noviembre hasta el 22 del mes en curso, los partidos políticos nacionales, regionales, comunidades y organizaciones indígenas que postularon candidatas y candidatos para las elecciones del 9 de diciembre, deberán presentar ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) a sus autorizados o autorizadas para acreditar testigos electorales en el referido proceso comicial.

La autorización debe contener los datos de identificación de las autoridades de la organización con fines políticos, el carácter con el que actúan y ámbito de actuación, así como los datos de las personas autorizadas para acreditar testigos electorales, reseña el Poder electoral en un aviso oficial.

La información deberá ser entregada en la Dirección de Correspondencia del Órgano Electoral, ubicada en la sede central en Caracas, o ante las Oficinas Regionales Electorales correspondientes a su ámbito de actuación, en el horario comprendido entre las ocho de la mañana y las 12:00 del mediodía y de 1:30 hasta las cuatro de la tarde.

En estos comicios serán elegidos 2.459 concejales principales, con sus respectivos suplentes. De ese total, 1.704 son cargos nominales, 686 por lista y 69 elegidos por las organizaciones y comunidades indígenas.

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